Fondos privados e inversores cualificados

¿Los fondos privados para inversores generales se regulan de forma distinta de los destinados a inversores profesionales?

Sí. Con la reforma de 2021, los «fondos privados generales ofrecidos a inversores generales» están sujetos a salvaguardas reforzadas, como la entrega de la descripción esencial del producto y de los informes de gestión de activos, las auditorías externas y la vigilancia de la gestión por las entidades comercializadoras y los fiduciarios.

En cambio, los fondos privados integrados únicamente por inversores profesionales, capaces de gestionar el riesgo, siguen sujetos al nivel de regulación anterior. En el momento de la reforma, los fondos ya existentes cuyos inversores eran todos inversores profesionales debían hacerlo constar en su reglamento y en sus descripciones y comunicarlo al Servicio de Supervisión Financiera (FSS).

Última actualización

Esta respuesta es información financiera general a 14/10/2026 y no constituye asesoramiento de inversión. Las normas y los tipos impositivos cambian; consulte también la información más reciente de la institución de origen.