Impuestos y normas tributarias

¿Se gravan los ingresos de la negociación de derivados?

Sí. Según el Servicio Nacional de Impuestos, los ingresos de la negociación de derivados basados en índices bursátiles nacionales o extranjeros, de contratos por diferencia (CFD), de warrants vinculados a acciones (ELW), de derivados del extranjero negociados en mercado y similares están sujetos al impuesto sobre las ganancias de capital.

El tipo conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta es del 20%, y el Decreto de ejecución puede reducirlo con fines tales como el fomento del mercado de capitales. En los derivados no hay declaración preliminar: la declaración definitiva y el pago de la totalidad del año se realizan en mayo del año siguiente.

Última actualización

Esta respuesta es información financiera general a 14/10/2026 y no constituye asesoramiento de inversión. Las normas y los tipos impositivos cambian; consulte también la información más reciente de la institución de origen.