Protección del inversor
¿Puede una entidad financiera eludir la mediación interponiendo una demanda durante el procedimiento de mediación de la controversia?
En las controversias de cuantía reducida, esto es, los asuntos planteados por consumidores financieros generales en los que el valor de los derechos o intereses reclamados es de 20 millones de KRW o menos, una vez iniciado el procedimiento de mediación, la entidad financiera no puede interponer una demanda hasta que se haya presentado la propuesta de mediación.
Además, si hay un litigio pendiente en un asunto para el que se ha solicitado la mediación, el tribunal puede suspender el litigio hasta que finalice la mediación. Estas normas están concebidas para impedir que las entidades financieras eludan la mediación de controversias mediante un litigio.
Esta respuesta es información financiera general a 14/10/2026 y no constituye asesoramiento de inversión. Las normas y los tipos impositivos cambian; consulte también la información más reciente de la institución de origen.